¶1Apareciendo que la sentencia en este caso de julio 11, 1923 fué apelada en agosto 11, siguiente y en oct. 17, 1923, la corte ordenó al taquígrafo que preparara la transcripción dentro del plazo de ley sin qne el taquígrafo lo hiciera, y no habiéndose archivado la transcripción de autos, se declaró con lugar la moción y se desestimó la. apelación.
32 P.R. Dec. 955
Matos v. Caraballo
Decided January 21, 1924
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1924-01-21
Decided 1924-01-21