¶1Apareciendo de la moción de la apelada y de la certificación acompañada que el demandado radicó su escrito de apelación contra la sentencia apelada en enero 15, *9611924 sin que basta la fecha de la certificación, feb. 18, 1924, hubiera presentado exposición del caso o transcripción de la evidencia ni hubiera solicitado prórroga al efecto, se declara con lugar la moción y se desestima la apelación.
32 P.R. Dec. 960
Southgate Import & Export Co. v. Pérez
Decided February 26, 1924
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1924-02-26
Decided 1924-02-26