¶1Celebrada la vista de esta apelación en la que el fiscal se allana a la petición del apelante de que revoquemos la sentencia condenatoria dictada por ser insuficiente la prueba para sostener la sentencia; encontrando que no se probó *966que el apelante tenía en sn posesión y custodia como dueño, un alambique, se revoca la sentencia apelada.
32 P.R. Dec. 965
Pueblo v. Rivera
Decided March 26, 1924
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1924-03-26
Decided 1924-03-26