¶1Moción de la apelada para desestimar la apelación por frívola. Apa-reciendo que sólo está envuelta una cuestión de cuantía de honorarios de abogado que la corte de distrito rebajó de $500 a- $300 y además que la. apelante no compareció a la vista de la moción ni la impugnó por escrito, no habiendo tampoco presentado alegato dentro del término prorrogado que se concediera, se desestima el recurso.
33 P.R. Dec. 1060
Monagas v. Rivera
Decided December 9, 1924
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1924-12-09
Decided 1924-12-09