¶1Atendidas las circuns-tancias que concurren, se eliminan las dos partidas de $1 cada una por notificaciones de la excepción previa y del me-morándum que fueron impugnadas y no probadas y se reduce la partida de honorarios de abogado a trescientos dol*930lars ($300) por estimar excesiva la de $500 concedida y así .modificada se confirma la résoinción apelada.
34 P.R. Dec. 929
Cabanilla v. Cabanilla
Decided April 1, 1925
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1925-04-01
Decided 1925-04-01