¶1Celebrada la vista de esta apela-ción con asistencia e informe de los abogados de ambas par-tes el 19 de enero actual, estimando el tribunal que no erró la corte sentenciadora al declarar sin lugar la contrade-manda, ya que examinada ésta es necesario concluir que no aduce hechos suficientes para constituir una causa de acción, se confirma la sentencia apelada en cuanto por ella se de-claró la dicha contrademanda sin lugar.
34 P.R. Dec. 968
Ferrer v. Guillén
Decided January 20, 1926
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1926-01-20
Decided 1926-01-20