¶1Fundándose la desestimación solicitada en estos casos en no haberse elevado en tiempo la transcrip-ción de los autos a este Tribunal Supremo y apareciendo que el término legal fue prorrogado a instancia de los demanda-dos-apelantes sin que haya vencido aún la prórroga, no ha lugar a desestimar la apelación.
35 P.R. Dec. 1078
Rivera v. Lange
Decided July 13, 1926
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1926-07-13
Decided 1926-07-13