¶1En el presente caso se reitera la doctrina de la constitu-cionalidad de la ley sobre armas prohibidas establecida en varios casos siendo uno de los más recientes el de El Pueblo v. Díaz Cintrón, 36 D.P.R. 571.
¶2No encontrándose, por otra parte que la corte sentencia-dora cometiera error manifiesto al apreciar la prueba con-tradictoria, se confirmó la sentencia.