¶1Siendo esta corte de opinión qne la intención del abogado querellado en los actos imputádoles aparece suficientemente, y resolviendo además que como funcionario de la corte el querellado tiene suficiente conoci-miento de la naturaleza de los cargos presentados contra él, se declara sin lugar la excepción previa presentada.
37 P.R. Dec. 983
In re Flores Colón
Decided January 26, 1928
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1928-01-26
Decided 1928-01-26