¶1(Por la corte, a propuesta del
¶2Vista la petición que antecede, así como el caso Ex Parte Muñoz, 41 D.P.R. 360, no ha lugar a la admisión del peti-cionario al‘ ejercicio de la abogacía en esta Isla sin examen de reválida.
42 P.R. Dec. 1001
Decided June 22, 1931
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1931-06-22
Decided 1931-06-22