¶1Vista la moción que antecede, atendidos los fundamentos de la misma y el allanamiento del fiscal auxiliar en el acto de la vista, se desestima la apelación interpuesta por el Pueblo de Puerto Rico contra la resolución de la Corte de Distrito de Arecibo de 21 de sep-tiembre de 1934, la cual decreta el archivo y sobreseimiento de la causa. ■
48 P.R. Dec. 1018
Pueblo v. Reyes
Decided April 17, 1935
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1935-04-17
Decided 1935-04-17