¶1(Por la Corte, a propuesta del
¶2Por cuanto, el demandante apelado solicita que se desestime la apelación interpuesta en este caso, contra sentencia de la 'Corte de Distrito de Arecibo, dictada el -día 22 de septiembre de 1936, fun-dándose, primero, en que el apelante no tiene derecho a este recurso de apelación, y segundo, en la frivolidad del mismo;
¶3Por Cuanto, la parte actora no ha aducido razón alguna en apoyo, de su primer fundamento de desestimación, y
¶4*977Por cuanto, tampoco nos lia demostrado que la apelación esté tan desprovista de méritos, que pueda calificarse de frívola,
¶5Ron tanto, se declara sin lugar la moción de desestimación pre-sentada.