¶1(Por la Corte, a propuesta del
¶2Por los motivos expresados en la sentencia dictada en el día de hoy en el caso Núm. 7228, El Pueblo de Puerto Rico v. Marcelo Torres (ante, pág. 1020), se confirma la sentencia que dictó la Corte de Distrito de Guayama en abril 8, 1938.
¶3RECONSIDERACIONES DENEGADAS POR EL TRIBUNAL DURANTE EL Período que Cubre el Presente Toiho