¶1(Por la Corte, a propuesta del
¶2Por cuanto, el único señalamiento de error es que:
"1. Erró la corte inferior al apreciar la evidencia ofrecida para sostener la denuncia en este caso (Portar Armas), la misma del caso de acometimiento grave, y al decidir qne la misma era suficiente para sostener una convicción por dicho delito, a pesar de haberla considerado insuficiente para la denuncia por acometimiento. ’ ’
¶3Por cuanto, se trata de un conflicto en la prueba resuelto por el juez de distrito en contra del acusado, sin que exista motivo su-ficiente para revocar la sentencia dictada.
¶4Por tanto, se confirma la sentencia que dictó la Corte de Distrito de Arecibo en julio 7, 1939.