¶1Llamada a la vista en el día de hoy la moción del Fiscal solici-tando la desestimación del recurso, sólo dicho Fiscal compareció. El Secretario dió cuenta con una moción del acusado desistiendo de la apelación con ciertas reservas y la Corte resolvió declarar con lugar la moción de desestimación, porque no siendo apelable la resolución recurrida debe desestimarse, como se desestima, el recurso.
57 P.R. Dec. 1014
Pueblo v. Pacheco
Decided December 16, 1940
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1940-12-16
Decided 1940-12-16