¶1C. D. Ponce. Desahucio.
¶2(Por la Corte, a propuesta del
¶3Vista, sin asistencia de las partes, la moción de los demandados apelados para que se desestime el recurso por ser éste a su juicio frívolo.
¶4Por cuanto, del examen del récord no resulta que las cuestiones levantadas por el apelante sean lo suficientemente frívolas para jus-tificar la desestimación del recurso sin oír a las partes en cuanto a los méritos de dichas cuestiones.
¶5Por tanto, se declara no haber lugar a la desestimación solicitada.