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12 P.R. Dec. 227

Ex parte Fuertes

Supreme Court of Puerto Rico

Decided April 5, 1907

Supreme Court of Puerto Rico · decided 1907-04-05

<p>Certiorari — Suspensión del Juicio. — Una resolución de la corte inferior ordenan-do--la ■’suspensión del juicio, depende "de la sana discreción de la corte y no ■ éstá-sujéta á revisión xior medio de un recurso de certiorari.</p>

Decided 1907-04-05

El Juez Asociado Sr. Wole

¶1emitió la opinión del tribunal. La acción de la corte al suspender ó prorrogar un caso no es materia de-revisión, y pertenece á la sana discreción del Juez. Así lo prescriben las secciones 140 y 200 del Código de Enjuiciamiento Civil, y también las autoridades citadas en la página 816 del tercer tomo del American and English Encyclopedia of Law. Por lo tanto, la solicitud de auto ele certio-rari debe denegarse., - ■

¶2Denegada.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente Quiñones y Asocia-dos, Hernández, Figueras .y MacLeary.
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