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3 P.R. 104

Silva v. Miranda

Supreme Court of Puerto Rico

Decided October 15, 1902

Supreme Court of Puerto Rico · decided 1902-10-15

Casación procedente de la Corte de Distrito de San Juan. EXPOSICIÓN DEL CASO. Resultando: que Don Manuel Navarro y Acosta falleció el 12 de Febrero de 1883, bajo eT testamento que otorgó en esta Capital el 27 de Octubre de 1875 ante el Notario Don Demetrio Giménez y Moreno, en el que nombró tutor y curador ad-bona de sus hijos: Don Antonio, Don José y Doña Petra á Don Juan Miranda y Costa, concediéndole además el cargo de contador partidor.

Decided 1902-10-15

El Juez Asociado Sr. Figüeras,

¶1después de exponer los hechos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.

¶2Considerando: que, según tiene declarado el Tribunal Supremo de España en su sentencia de 8 de Junio de 1897, los recursos de casación en la forma, por falta de personalidad en alguna de las partes, sólo procéden cuando indebidamente • se estima personalidad en quien carece de ella, pero no tienen lugar cuando tal cualidad ha sido denegada por el Tribunal a quo.

¶3Considerando: que.la única razón que sirvió de funda-mento á dicha Corte para declarar la nulidad del juicio, fué precisamente la falta de personalidad del Curador ad-litem, excepción que alegó en su oportunidad la parte hoy recu-rrente, por cuya razón no procede el quebrantamiento de forma que señala el número 2 del artículo 1691 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¶4Fallamos: que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso -de casación por quebrantamiento de forma, *110interpuesto por Don Juan Miranda y Costa, á quien conde-namos al pago de las costas: y procédase á lo que corres-ponda respecto al recurso iniciado por infracción de ley.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente Quiñones y Asocia-dos Hernández, Sulzbacher y MacLeary.
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