¶1En el presente caso la sentencia apelada expresa: “So-metido el caso, la corte declaró al acusado culpable de hurto menor y le condena a un año seis meses de cárcel.” Visto *1001el artículo 431 del Código Penal, se modificó la sentencia de modo que el acusado solo sufra un año de prisión.
30 P.R. Dec. 1000
Pueblo v. Morett
Decided February 13, 1922
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1922-02-13
Decided 1922-02-13