¶1No existiendo pliego de excepciones, relación de lieclios, ni ale-gato y no apareciendo de los autos error fundamental al-guno, se confirma la sentencia modificándola, de manera que en defecto del pago de la multa de $100, por el apelante, cumpla un día de cárcel por cada dólar y la prisión subsi-diaria no exceda de noventa días.
30 P.R. Dec. 973
Pueblo v. Ramos
Decided January 20, 1922
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1922-01-20
<p>Acome-timiento y agresión grave.</p>
Decided 1922-01-20