¶1Mociones sobre deses-timación de apelación. Apareciendo que a la fecha de las certificaciones del secretario de la corte inferior el apelante no había radicado pliego de excepciones ni exposición del caso y que no se ha presentado en tiempo la transcripción del record en esta corte, .se declaran con lugar y se deses-timan las apelaciones.
30 P.R. Dec. 979
Cepero v. Zavala
Decided March 13, 1922
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1922-03-13
Decided 1922-03-13