¶1No existe pliego de excepciones ni relación de lieclios y tam-poco se lia radicado alegato y no apareciendo de los autos error fundamental alguno, se confirma la sentencia pero mo-dificándose en el sentido de imponer al acusado una multa de $100 y en defecto de pago un día de cárcel por cada dollar, no excediendo la prisión subsidiaria de 30 días.
30 P.R. Dec. 984
Pueblo v. Díaz
Decided April 10, 1922
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1922-04-10
<p>Infracción de la ley de arbitrios.</p>
Decided 1922-04-10