¶1La petición de certiorari en este caso alega varias cues-tiones de procedimiento en oposición a la sentencia dictada en desahucio en apelación, pero la impugnación afecta so-lamente al razonamiento que tuvo la corte para llegar a su conclusión. Se resolvió: que no habiendo el peticionario de-mostrado infracción alguna de procedimiento en las alega-ciones, juicio o sentencia, procede la anulación ‘del auto.
30 P.R. Dec. 999
Alvarez v. Acosta
Decided January 24, 1922
Supreme Court of Puerto Rico · decided 1922-01-24
Decided 1922-01-24