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5 P.R. Dec. 21

5 P.R 42

Pueblo v. Moura

Supreme Court of Puerto Rico

Decided December 15, 1903

Supreme Court of Puerto Rico · decided 1903-12-15

ApelaoiÓN procedente de la Corte de Distrito de Ponce. EXPOSICION DEL CASO. En el recurso de apelación que ante nos pende interpuesto contra sentencia de la Corte de Distrito de Ponce en causa seguida á Antonio Moura, por delito de acometimiento con arma mortífera.

Decided 1903-12-15

¶1OPINIÓN BEL TbIBuNAL.

¶2Considerando: que según el Artículo 237 del Código Penal la persona culpable de acometimiento con arma mortífera incurrirá en la pena de presidio por un término máximo de diez años, ó cárcel por un término máximo de dos años ó multa máxima de cinco mil dollars ó ambas penas; y que según el Artículo 14 del mismo Código, cuando un delito castigable con pena de Presidio, apareja también la de multa ó cárcel, á 'discreción del Tribunal, se considerará “Misdemeanor” para todos los efectos, después de dictada sentencia imponiendo una pena que no fuere de Presidio.

¶3Considerando: que el recurso de apelación solo cabe en proceso criminal en persecución de un delito muy grave (felony) con arreglo al Artículo 345 del Código de'Enjuicia-*46miento Criminal y qne debiendo reputarse “Misdemeanor” por lo que se deja expuesto para todos los efectos legales el delito por el cual ba sido penado Antonio Moura es improce-dente el recurso interpuesto.

¶4Vistos los textos legales citados. Se desestima el recurso de apelación interpuesto por Antonio Moura contra la sen-tencia que dictó el Tribunal de Distrito de Ponce en veinte de Julio último con las costas al recurrente y remítase copia certificada de esta resolución al expresado Tribunal á los fines procedentes.

¶5Desestimada.

Jueces concurrentes, Sres. Presidente Quiñones, y Aso-ciados Plernandez, Pigueras, Sulzbacber y MacLeary.
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