¶1después de exponer los hechos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.
¶2Aceptando los fundamentos de hecho y de derecho de la sentencia apelada.
¶3Vistas las disposiciones legales que en ella se citan.
¶4Fallamos: que debemos confirmar y confirmamos en todas sus partes la sentencia que en 22 de Julio de 1902 dictó el Tribunal de Distrito de Ponce, con las costas del recurso á cargo de la parte apelante; y devuélvanse los autos á dicho Tribunal con la certificación correspondiente.